FENIE 38/2020: SITUACIÓN COVID-19
Complementando la información de la circular anterior, os enviamos lo siguiente:
- Nota interna de expedientes de regulación de empleo, publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
- Guía de preguntas frecuentes con el cumplimiento de la normativa de protección de datos sobre el tratamiento de datos personales relativos a la salud derivados del COVID-19, publicada por la agencia española de protección de datos.
Por otro lado, os informamos que desde FENIE y CONAIF se acordaron las siguientes medidas para contrarrestar la situación ocasionada a las empresas instaladoras por el COVID-19:
1. Categorización del servicio de instalación, mantenimiento y reparación que realizan las empresas instaladoras en todo el territorio nacional de servicio estratégico para el aseguramiento básico y elemental para la seguridad y salubridad de los ciudadanos, usuarios de instalaciones y procesos industriales que requieren la utilización de instalaciones de gas, agua caliente sanitaria, calefacción, electricidad, agua y telecomunicaciones, en virtud el artículo 7 g) y artículo 17.
2. Suspensión de la cuota de autónomo durante el estado de alarma dictado por el Gobierno, garantizando a los mismos la prestación de desempleo mientras dure la situación.
3. Eliminación durante el estado de alarma de la cotización de la seguridad social de los empleados de las pymes y micropymes del sector de las instalaciones.
4. Reducciones en el pago de impuestos (IVA, IRPF, impuesto de sociedades, IBI, …), así como facilidades de pago de las cantidades restantes.
5. Aprobación de un procedimiento de urgencia, flexible y con carácter retroactivo desde la declaración de alarma para la tramitación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, ERTE.
6. Aprobación de líneas de financiación a empresas y autónomos, con líneas de créditos y préstamos a interés 0% y periodos de carencia, de al menos 6 meses, desde la declaración de estado de alarma nacional.
7. Establecimiento de moratorias de las entidades financieras, desde el estado de alarma para el pago de compromisos adquiridos por las empresas instaladoras.
8. Aprobación de medidas excepcionales de flexibilización en los convenios del metal tanto nacional como autonómicos
Del mismo modo, CONFEMETAL está enviando las peticiones al Ministerio de Industria y a CEPYME para que, también, presente las citadas medidas.
Esperando resulte de vuestro interés.