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Novedades jurídico laborales mayo 2016

Estas son las novedades que a nivel jurídico laboral (legislativo y jurisprudencial) pueden resultar de tu interés y que se han producido durante el mes de mayo de 2016.

  1. La empresa no puede someter a censura previa la publicación de comunicados sindicales en su intranet

El TS declara que el control empresarial sobre los comunicados sindicales, para acordar o no su publicación a través de la intranet de la empresa, vulnera los derechos a la libertad de expresión y a la libertad sindical. Los considera inaceptable y condena a la empresa al pago de una indemnización por daños y perjuicios.

STS 26-4-2016.

2. Prestación por desempleo coincidente con salarios de tramitación. ¿En qué plazo puede reclamar el empresario la devolución de la prestación ingresada en el SEPE?

La empresa dispone de un plazo de 4 años para reclamar a los trabajadores el reintegro de la prestación por desempleo indebidamente percibida cuando ha sido ingresada por la empresa en el SEPE por coincidir con el período de percepción de salarios de tramitación. El cómputo del plazo de prescripción se inicia a partir del ingreso por parte de la empresa de la citada prestación en el SEPE.

STS unif. doctrina 29-3-16.

  1. Sucesión de contratos temporales: una interrupción de 69 días no rompe la unidad del vínculo

A efectos de cálculo de la indemnización por despido, en los supuestos de sucesión de contratos temporales, se computa la totalidad del tiempo de prestación de servicios siempre que se mantenga la unidad esencial del vínculo, y aunque la interrupción sea de 69 días naturales. El TS considera que la empresa no ha acreditado ni la justificación en la utilización de contratos temporales, ni tampoco que la extinción fue indemnizada y no impugnada por parte del trabajador.

STS unif doctrina 23-2-2016.

4. El alta ficticia para generar una prestación es nula

Se considera ajustada la anulación por parte de la TGSS del alta de una mujer embarazada que da a luz un mes más tarde cuando es la única contratación del empleador y se acuerda una retribución inferior a la prevista en el convenio. De estas circunstancias se deduce el carácter simulado de la contratación con el único fin de que la trabajadora acceda a la prestación de maternidad.

STSJ Cantabria cont-adm 3-5-16, Rec. 220/2015.

5. El traslado del personal por cierre del centro de trabajo anula la representación de los trabajadores

El TCo considera que en el supuesto de traslado de trabajadores sin transmisión de la titularidad a otra unidad productiva de la misma empresa que no cuenta con representación legal constituida, no se mantiene la condición de representante de los trabajadores obtenida en el centro de origen. En estas circunstancias, la pérdida de esta condición no vulnera el derecho a la libertad sindical.

STCo 64/2016.

  1. No está exenta la indemnización por despido generada por la antigüedad en otra empresa

A afectos del importe de la indemnización por despido improcedente exenta de IRPF se tiene en cuenta el número de años de servicio efectivamente prestados al mismo empleador, sin que la antigüedad reconocida en el contrato por los años de servicio en otra empresa, deba computarse a dichos efectos.

DGT CV 8-2-16.

  1. Los salarios de tramitación se extienden hasta la notificación auto de aclaración

Los salarios de tramitación que son impuestos en una sentencia que ha sido objeto de aclaración extienden su abono hasta la fecha de la notificación del auto que resuelve la aclaración.

STS unif. doctrina 6-4-16.

  1. Solapamiento de descanso semanal y diario. ¿Procede indemnización por daños y perjuicios?

El TS condena a la empresa a indemnizar por daños y perjuicios, por considerar que, al establecer los turnos de trabajo, ha solapado el descanso diario entre jornadas con el descanso semanal, incumpliendo la sentencia firme dictada en proceso conflicto colectivo.

STS unif doctrina 30-3-16.

  1. Sucesión de contratos a tiempo completo y a tiempo parcial. ¿Cómo se calcula la prestación máxima de desempleo?

A efectos del cálculo de la pensión máxima de desempleo deben distinguirse los supuestos causados antes del 15-7-2012 de los causados con posterioridad. Para los primeros, el porcentaje de parcialidad aplicable al tope máximo se calcula teniendo en cuenta el total de la actividad desempeñada durante los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. En el resto de supuestos, el porcentaje se calcula en relación con los últimos 180 días.

STS unif doctrina 8-3-16.

  1. Formación programada por las empresas: aprobado el modelo de declaración responsable para las entidades formativas

Se aprueba el modelo de declaración responsable que debe ser presentado en el registro (del SPEE o CCAA) con carácter previo al inicio de la actividad, por las entidades formativas externas a las que las empresas encomienden la formación de sus trabajadores para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el catálogo de especialidades formativas. La presentación debe efectuarse de forma telemática.

O ESS/723/2016, BOE 14-5-16.

  1. Teletrabajo ¿Son posibles las horas extraordinarias?

En el teletrabajo en el domicilio del trabajador se aplican las mismas normas sobre tiempo de trabajo que cuando los servicios se prestan en la empresa, pudiendo establecerse controles, sin que supongan una violación del derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio del trabajador. El TSJ declara que, en ausencia de pautas y criterios de control del tiempo de trabajo, el empresario debe abonar las horas extraordinarias. Lo contrario equivale a crear un espacio de impunidad y alegalidad en el trabajo a distancia y en el domicilio.

STSJ Valladolid 3-2-2016.

  1. Demanda de despido tácito anterior a la declaración de concurso. ¿Qué órgano es competente para la extinción colectiva de contratos?

El juzgado de lo mercantil es competente para declarar la extinción colectiva de los contratos de los trabajadores, incluyendo a trabajadores que han presentado una demanda de despido tácito por falta de ocupación efectiva antes de la solicitud y declaración de concurso voluntario.

STS unif doctrina 13-4-16.

  1. Concurrencia entre convenio de empresa y de sector, ¿Qué convenio debe aplicarse?

El convenio de empresa tiene prioridad aplicativa sobre el convenio sectorial estatal respecto de las materias tasadas legalmente (ET art. 84.2), pero no respecto de las demás, en las que se aplica el convenio sectorial por la prohibición de concurrencia. El TS considera, que no procede la nulidad del convenio de empresa cuando éste afecta a las materias reguladas por el convenio de sector. Lo que procede es declararlo inaplicable en los concretos puntos en litigio.

STS 1-4-16.

  1. La sustitución de huelguistas mediante movilidad interna vulnera el derecho de huelga

El empresario no puede sustituir trabajadores en huelga por trabajadores de otros centros de trabajo o de grupo profesional diferente ya que en este caso quedaría anulada o minorada la presión ejercida legítimamente por los huelguistas a través de la paralización del trabajo.

STS 18-3-16.

15.Condena al pago de una indemnización por falta de medidas de seguridad ¿Puede ser superior a la solicitada por las partes?

Corresponde una indemnización de daños y perjuicios por enfermedad profesional causante de IPA cuando existe un nexo causal entre la falta de medidas de seguridad y el desarrollo de la enfermedad profesional. Para la cuantificación de la indemnización la aplicación del baremo de accidentes de tráfico tiene carácter orientativo y es posible condenar a una indemnización superior a la solicitada.

STS unif doctrina 2-3-16.

16.Cese de actividad por pérdidas. La prestación de IT no se computa como ingreso de la actividad

La prestación de IT no se considera ingreso de la actividad económica a efectos del cálculo de las pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad. Por ello, se reconoce el derecho de un trabajador autónomo a percibir la prestación por cese de actividad como consecuencia de pérdidas económicas superiores al 10% de los ingresos durante el año anterior, a pesar de haber obtenido en ese ejercicio una prestación de IT cuyo cómputo anularía la existencia de pérdidas.

STSJ Valladolid 9-3-16.

17.Publicar en un tablón de anuncios la identidad del trabajador accidentado vulnera su derecho a la intimidad.

Publicar la identidad de los trabajadores accidentados, la descripción del accidente, y la lesión sufrida, en un tablón de anuncios dedicado a la prevención de riesgos laborales situado donde pueden acceder tanto los trabajadores como cualquier persona ajena, vulnera su derecho a intimidad. Aunque la publicación sirve de medio para prevenir futuros accidentes similares y está prevista en el protocolo de investigación de accidentes no existe justificación para identificar por su nombre al trabajador accidentado.

STSJ Aragón 3-2-16.

18.Nuevo reglamento europeo sobre protección de los datos personales

Se ha publicado un nuevo Reglamento General de Protección de Datos sustituye a la Directiva 95/46/CE. Su finalidad es la de conseguir un nivel homogéneo de protección de los datos personales en toda la Unión Europea. La norma entra en vigor el 25-5-2016, pero no se aplicará hasta el 25-5-2018.

Rto UE 2016/679, DOUE 4-5-16.

19.El líder de un piquete no es responsable de los daños ocasionados por los integrantes del mismo

La reclamación por los daños causados durante una huelga exige acreditar la participación activa del responsable civil en los hechos. Por ello, el TCo considera vulnerado el derecho de huelga del dirigente de un piquete informativo que fue condenado por responsabilidad civil al abono de una indemnización por los daños personales y materiales causados por integrantes indeterminados del piquete.

STCo 14-4-16.

20.La garantía de indemnidad no exige amenaza expresa por parte de la empresa

EL TS declara vulnerada la garantía de indemnidad en la contratación temporal cuando el trabajador, tras suscribir diversos contratos administrativos, es dado de baja en la SS al poco tiempo de haber comunicado a la Administración pública empleadora que si procedía a extinguir la relación laboral accionaría por despido nulo o, subsidiariamente, improcedente. Aun cuando no consta la existencia de una amenaza externa, la empresa debía haber acreditado la razonabilidad y proporcionalidad de la medida adoptada y su carácter absolutamente ajeno a todo propósito atentatorio de derechos fundamentales.

STS unif. doctrina 18-3-16.

  1. ¿El análisis inicial, exime de la obligación de realizar una evaluación de riesgos psicosociales?

El método de análisis inicial de riesgos psicosociales basado en el cuestionario FPSICO del INSHT no es válido para la pretensión de no realizar una evaluación de riesgos si el cuestionario queda modificado o mutilado. Por ello, se condena a CaixaBank a realizar correctamente una identificación de riesgos laborales de origen psicosocial, dado que el método y procedimiento seguidos no es adecuado, al reducir a 41 preguntas las 75 de que constaba originariamente el cuestionario FPSICO, y en su elaboración no se contó con la participación del comité de seguridad y salud.

STS 16-2-16.

  1. Bases de las subvenciones autonómicas a la contratación de jóvenes

En el DOCV de 27 de mayo de 2016 se ha publicado la Orden 2/2016 de 20 de mayo de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de empleo para la contratación de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVES), en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, del cual cada ejercicio se indicarán la forma y plazo de presentación de solicitudes, debiendo efectuarse la contratación de la persona joven con posterioridad a la publicación de la convocatoria de estas subvenciones para el ejercicio presupuestario correspondiente.

 

Puede descargar el texto completo de la orden en este enlace y en la página web de FEMEVAL encontrará un resumen de la misma.

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